El Poder Ejecutivo emitió el Decreto 672-26, que dispone que determinadas contrataciones públicas vinculadas a programas sociales sean dirigidas exclusivamente a mipymes industriales dominicanas, siempre que existan proveedores con capacidad para cumplir los requisitos de cantidad y calidad.

La medida abarca procesos relacionados con programas de alivio de la pobreza, alimentación, vestimenta, insumos escolares y salubridad social, y busca ampliar la participación de la industria manufacturera nacional en las compras del Estado.

Qué establece el Decreto 672-26

El decreto instruye a varias instituciones públicas a reservar procedimientos específicos para mipymes industriales cuando las compras correspondan a los programas y productos definidos en la disposición.

Entre las entidades alcanzadas figuran el Ministerio de Educación, el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil, el Servicio Nacional de Salud, Supérate, Promese/CAL, la Policía Nacional, el Ministerio de Defensa, el INAIPI, el CONANI, el CONAPE y otras instituciones vinculadas a programas sociales y servicios públicos.

La reserva no significa que todas las compras de estas entidades quedarán limitadas a mipymes, sino únicamente aquellas contrataciones comprendidas en el alcance del decreto.

Productos de origen y manufactura nacional

La disposición establece que los bienes adquiridos bajo estos procedimientos deben ser de origen nacional y elaborados en República Dominicana.

También limita la intermediación, salvo que exista autorización previa y escrita del productor, con el objetivo de favorecer de manera directa a fabricantes y productores nacionales.

Qué requisitos deben cumplir las empresas

Para participar, las mipymes industriales deberán contar con Registro Industrial de Proindustria, certificación MIPYMES emitida por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y estar inscritas en el Registro de Proveedores del Estado.

La certificación MIPYMES Mujer será aplicable cuando la empresa pretenda acreditar específicamente esa condición.

Antes de reservar un procedimiento, las instituciones deberán consultar el Registro de Proveedores del Estado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas para verificar que existan suplidores capaces de cumplir con la demanda.

Qué pasa si no hay suficientes proveedores

Si no aparecen mipymes industriales con capacidad suficiente para cubrir los requerimientos de cantidad y calidad, las instituciones podrán realizar llamados a manifestación de interés para identificar posibles oferentes.

Los procedimientos seguirán siendo competitivos y deberán ajustarse a la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas y a su reglamento.

Crean mesa interinstitucional

El Decreto 672-26 también crea una Mesa de Articulación Interinstitucional entre el MICM y la Dirección General de Contrataciones Públicas.

Este espacio tendrá entre sus funciones coordinar la aplicación de la medida, identificar sectores industriales estratégicos y dar seguimiento a la participación de las mipymes en los procesos reservados.

Plazo de cuatro meses

El MICM tendrá un plazo máximo de cuatro meses desde la entrada en vigor del decreto para levantar información sobre los bienes y servicios producidos por mipymes industriales inscritas en el Registro de Proveedores del Estado.

Ese inventario deberá actualizarse por lo menos una vez al año.

Qué puede cambiar con esta medida

El decreto puede modificar de manera importante el acceso de pequeñas y medianas industrias a una parte de las compras públicas, especialmente en áreas como alimentación escolar, vestimenta, insumos y programas sociales.

Al mismo tiempo, la disposición busca que una mayor proporción del gasto público asociado a estos programas permanezca vinculada a producción y manufactura dominicana.

Su impacto final dependerá de la capacidad real de las mipymes para responder a la demanda estatal, de la transparencia de los procesos y de la aplicación efectiva de los mecanismos de competencia previstos en la normativa.