SANTO DOMINGO. El Gobierno quiere poner orden en las inversiones tecnológicas de sus instituciones. Mediante el Decreto 714-26, el presidente Luis Abinader aprobó un reglamento para coordinar los proyectos digitales estratégicos del Estado y evitar que distintas entidades gasten recursos en soluciones que podrían compartir.

La disposición fue firmada el 9 de octubre de 2026 y divulgada por la Presidencia el lunes 12. Su alcance se concentra en las inversiones digitales estratégicas, críticas o compartidas, no en todas las compras informáticas ordinarias.

¿Qué cambia para las instituciones públicas?

El reglamento busca que los proyectos tecnológicos importantes sean examinados y coordinados tomando en cuenta su impacto económico, la seguridad de la información y la posibilidad de compartir plataformas entre instituciones.

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La meta es reducir gastos duplicados, mejorar la conexión entre sistemas públicos y proteger la información que manejan las entidades estatales.

Por ejemplo, cuando varias instituciones necesitan servicios tecnológicos similares, la coordinación puede permitir evaluar una solución común en vez de desarrollar plataformas separadas sin justificación.

Pero hay una excepción importante: el artículo 3 excluye las adquisiciones ordinarias de bajo impacto que no tengan carácter estratégico, transversal, crítico, reutilizable o común.

El MAP tendrá un papel central

El Ministerio de Administración Pública (MAP) coordinará las acciones interinstitucionales relacionadas con inversiones digitales estratégicas, con apoyo técnico de la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (OGTIC) y la participación de otros organismos competentes.

El artículo 7 crea la Comisión de Seguimiento de Inversiones Digitales Estratégicas. Entre sus tareas estarán examinar necesidades compartidas, identificar riesgos tecnológicos y recomendar medidas para evitar duplicidades.

La comisión tiene funciones técnicas, consultivas y de seguimiento. No sustituye las atribuciones de las instituciones contratantes ni de los organismos encargados de fiscalizar las compras públicas.

¿Y qué pasará con la inteligencia artificial?

El artículo 9 incluye la inteligencia artificial, la automatización y la analítica avanzada entre los criterios que pueden hacer que un proyecto sea considerado estratégico.

El reglamento también promueve la protección de datos, la ciberseguridad, la interoperabilidad y la prevención de dependencias tecnológicas injustificadas.

Aunque la comunicación oficial menciona transparencia y supervisión humana, el articulado del decreto no establece expresamente una obligación universal de supervisión humana para toda contratación con inteligencia artificial.

¿Qué significa para los proveedores?

Las empresas que participen en proyectos digitales estratégicos podrían encontrar mayor énfasis en la compatibilidad entre sistemas, la reutilización de soluciones y los riesgos de depender de un solo proveedor.

Las contrataciones continuarán sujetas a las normas vigentes, incluida la Ley 47-25 de Contrataciones Públicas. El decreto no elimina los procedimientos ni los controles que correspondan.

¿Cuándo entran en vigor las reglas?

El decreto se dio a conocer en el portal de la Presidencia el 12 de octubre, pero su artículo 15 señala que entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. Esa formalidad debe verificarse por separado.

Queda por conocer cómo operarán los mecanismos de seguimiento y qué proyectos serán identificados como estratégicos.

¿Qué gana el ciudadano?

El objetivo anunciado es que el Estado utilice mejor sus recursos y ofrezca servicios digitales más seguros, conectados y eficientes.

Pero el resultado no dependerá solo de aprobar el reglamento. Habrá que comprobar si las instituciones ahorran dinero, reducen duplicidades y mejoran de verdad los trámites y servicios.

Modernizar el Estado no es solamente comprar tecnología: también es saber usarla.

Fuentes oficiales: Decreto 714-26 y comunicado de la Presidencia de la República.